Ley 82 DE 1993: Por la cual se expiden normas para apoyar de manera especial a la mujer cabeza de familia. Se dictan otras disposiciones” Para los efectos de la presente ley, entiéndase por «Mujer Cabeza de Familia», quien siendo soltera o casada, tenga bajo su cargo, económica o socialmente, en forma permanente, hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar, ya sea por ausencia permanente o incapacidad física, sensorial, síquica o moral del cónyuge o compañero permanente o deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros del núcleo familiar.

El servicio especial que prestamos en la notaría para la mujer cabeza de familia, es la expedición de Declaraciones Juramentadas de manera gratuita, lo anterior con el fin que puedan acceder a los diferentes beneficios que les brinda el estado sin incurrir en los gastos que se puedan generar por dicho trámite.


Es nuestro deber informar que

La Resolución 1299 de 2020 de la SNR, establece que la declaración extraproceso rendida por la mujer cabeza de familia es un acto exento de derechos notariales
https://servicios.supernotariado.gov.co/files/content/resoluciones/2020/184155-ResolucinNo.1299de2020.PDF
En el decreto 19 del 2012 ,en el articulo 13 se establece que se debe prestar Atención especial a infantes, mujeres gestantes, personas en situación de discapacidad, adultos mayores y veteranos de la fuerza pública, en Todas las entidades del Estado o particulares que cumplan funciones administrativas.
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=45322

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