Ley 82 DE 1993: Por la cual se expiden normas para apoyar de manera especial a la mujer cabeza de familia. Se dictan otras disposiciones” Para los efectos de la presente ley, entiéndase por «Mujer Cabeza de Familia», quien siendo soltera o casada, tenga bajo su cargo, económica o socialmente, en forma permanente, hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar, ya sea por ausencia permanente o incapacidad física, sensorial, síquica o moral del cónyuge o compañero permanente o deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros del núcleo familiar.

El servicio especial que prestamos en la notaría para la mujer cabeza de familia, es la expedición de Declaraciones Juramentadas de manera gratuita, lo anterior con el fin que puedan acceder a los diferentes beneficios que les brinda el estado sin incurrir en los gastos que se puedan generar por dicho trámite.

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